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Centros Cirugía 
Menor Ambulatoria

La Dirección del Servicio Canario de la Salud, a través del Servicio de Acreditación, recuerda que las Consultas Medico-Quirúrgicas que aún disponiendo de su autorización en vigor para consulta, y no cuentan con la preceptiva especifica para Cirugía Menor Ambulatoria, deben solicitar la inclusión de esta actividad en su oferta asistencial.

Según define el Real Decreto 1277/2003, la oferta asistencial U.64 Cirugía menor ambulatoria, es "Unidad Asistencial donde bajo la responsabilidad de un medico, se realizan procedimientos terapéuticos o diagnósticos de baja complejidad y mínimamente invasivos, con bajo riesgo de hemorragia, que se practican bajo anestesia local y que no requieren cuidados postoperatorios, en pacientes que no precisan ingreso."

Por lo que, tal como traslada el Servicio de Acreditación SCS, se recuerda que a pesar de poseer de autorización en vigor, los centros que realicen además consultas médico-quirúrgicas, deben solicitar al Servicio Canario de la Salud la inclusión en su actual oferta asistencial, de obligado cumplimiento, así como el de los requisitos mínimos contemplados en el documento.