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De acuerdo al artículo 14 (apartado 4) Composición y duración de la Junta Directiva de los Estatutos colegiales¹ se establece que la Presidencia y la Secretaría General podrán recibir contraprestación económica por el ejercicio de sus cargos. La Secretaría General sostuvo unos honorarios de ​34.445,04 euros brutos anuales durante el segundo semestre del año 2023 y el 2024.

¹ Artículo 14 Composición y duración de la Junta Directiva 

  1. La Junta Directiva estará integrada por:
    a. Presidencia.
    b. Vicepresidencia.
    c. Secretaría General.
    d. Vocalías.
    ― Gran Canaria, entre cuatro y siete miembros.
    ― Lanzarote y Fuerteventura, dos miembros cada una.
    De entre las vocalías, la Presidencia designará una Vicesecretaría.
    e. Los dos representantes de Lanzarote y los dos representantes de Fuerteventura, con rango de Vocales.
  2. Se constituyen dos Órganos de Representación, uno para la isla de Lanzarote y otro para la isla de Fuerteventura, formado por la Presidencia, Secretaría General y por los dos Vocales representantes de cada una de las islas. 
  3. Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos por segunda vez. De este modo, el período máximo de duración en el mismo puesto es de ocho años, pudiéndose presentar, en su consecuencia, para otro cargo. 
  4. La Presidencia y Secretaría General podrán recibir contraprestación económica por el ejercicio de sus cargos, cuyo acuerdo, concepto y cuantía, corresponderá a la Junta Directiva (en ningún caso podrá ser superior al doble del Salario Mínimo Interprofesional vigente).
  5. Los miembros de la Junta Directiva comenzarán a ejercer sus funciones una vez tomen posesión de sus cargos según el artículo 56 de estos Estatutos.

Para más información,  accede a los Estatutos del Colegio [.pdf] [.doc] [.odt]