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Registro de peritos médicos judiciales

 

 

 

El Colegio dispone de un registro gratuito de médicos peritos judiciales con el fin de cumplir con el artículo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde cada año tiene que enviar a la autoridad judicial la relación de colegiados dispuestos a actuar como peritos

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REGISTRO COLEGIAL

  • Destinatarios:  colegiados que desarrollan su actividad en el ámbito pericial
  • Inscripción: imprescindible online.
  • Finalidad: atender la demanda de peritos médicos por parte de los juzgados y tribunales, así como de ciudadanos.
  • Regulación: consulta el reglamento de la actividad pericial del Colegio.
  • Bajas o modificaciones:una vez realizado el registro, podrás darte de baja o modificar tus datos de contacto en "Mis registros colegiales".

COMUNICACIÓN ANUAL A LAS AUTORIDADES JUDICIALES 

  • Hasta 30 DIC: el colegiado será el responsable de formalizar la inscripción en el registro en caso de desear estar en la relación que el Colegio comunica a las autoridades judiciales.
  • ENE: el Colegio remite a los juzgados y tribunales los colegiados inscritos en el registro de peritos judiciales.

PUBLICACIÓN DE DATOS

  • Datos contacto: pasarán a ser datos públicos y puestos a disposición de quien lo requiera a esos efectos.
Relación peritos médicos judiciales